Colpensiones y fondos privados no reconocerán semanas cotizadas extra para pensión, avala Corte Suprema de Justicia
Noticia 4/03/2026, 5:23 p. m. Vistas: 30

Colpensiones y fondos privados no reconocerán semanas cotizadas extra para pensión, avala Corte Suprema de Justicia

Un importante fallo de la Corte Suprema de Justicia de Colombia ha confirmado que tanto Colpensiones como los fondos privados de pensiones no están obligados a reconocer semanas cotizadas que excedan ciertos límites para el cálculo de la mesada pensional.  A partir de 2026, las mujeres necesitarán 1.250 semanas cotizadas para pensionarse por vejez en Colpensiones, número que disminuirá gradualmente hasta 1.000 semanas en 2036, mientras que la edad mínima se mantiene en 57 años. Para los hombres, la regla sigue siendo los 62 años de edad y 1.300 semanas cotizadas, tanto en el régimen público como en los fondos privados.  📉 ¿Qué significa esto para los trabajadores? Si una persona supera esas semanas cotizadas —por ejemplo, al haber comenzado a trabajar desde muy joven o acumulado largos periodos de aportes— ese tiempo adicional no contará para aumentar la pensión ni será retribuido en dinero por las entidades pensionales.  Esto se debe a que la ley limita el cálculo de la pensión: la base de liquidación de la mesada no puede superar el 80% del ingreso base de liquidación (IBL), por lo que los aportes más allá de ese límite quedan sin efecto práctico para generar un incremento en el monto de la pensión.  El fallo se apoya en la interpretación de las normas vigentes y confirma que Colpensiones y los fondos privados no están obligados a devolver ni reconocer semanas extra cotizadas una vez alcanzados estos límites legales.
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