Noticia 1/04/2026, 9:24 a. m. Vistas: 10
ATENCIÓN: Estos bienes NO pueden ser embargados en Colombia, aunque tenga deudas
Aunque tenga obligaciones pendientes con bancos o incluso con la DIAN, la ley colombiana establece que hay bienes e ingresos que no pueden ser embargados, ya que están protegidos para garantizar la subsistencia de las personas.
Uno de los principales es el dinero en cuentas de ahorro. Actualmente, existe un monto máximo protegido de $55.099.308, que no puede ser tocado por embargos judiciales o administrativos. Solo el dinero que supere esa cifra podría ser retenido 
Además, el salario mínimo es inembargable, lo que significa que si una persona gana ese monto, no le pueden descontar dinero por deudas, salvo casos especiales como obligaciones alimentarias 
En el caso de quienes ganan más del mínimo, la ley permite embargar solo una parte del excedente, generalmente hasta una quinta parte del salario.
También existen bienes protegidos como:
• Elementos básicos del hogar
• Herramientas necesarias para trabajar
• Algunos recursos destinados a la subsistencia
Estas medidas buscan evitar que una persona quede sin lo mínimo para vivir, incluso en medio de procesos de cobro.
Sin embargo, las autoridades como la DIAN sí pueden embargar cuentas, bienes o salarios cuando existen deudas, siempre respetando estos límites legales 
En conclusión: sí pueden embargar, pero no todo está permitido, y la ley protege lo esencial.
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